El consumidor puede pedir al Registro un análisis jurídico de las cláusulas de su hipoteca

AUTOR Xavier Gil Pecharromán / elEconomista Los consumidores podrán solicitar, a partir de ahora, en el Registro de la Propiedad, un dictamen jurídico sobre la legalidad de las cláusulas de su contrato hipotecario con el banco, que les será remitido por correo electrónico al interesado. En este informe, llamado nota de despacho, se realizará un control de la legalidad sobre las cláusulas que componen la escritura y una comprobación de que se han cumplido las exigencias de información por el notario y la entidad bancaria, que deberán constar en el resumen del acta remitida al Registro. En este informe se determinarán las cláusulas que puedan ser abusivas o no se encuentren depositadas en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación. La Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, que acaba de entrar en vigor esta semana, viene a reforzar la función de los registradores en el control de las cláusulas abusivas e impulsa el Registro de Condiciones Generales de la Contratación como instrumento al servicio de prestamistas y prestatarios para incrementar la transparencia y la seguridad jurídica en la contratación de préstamos y créditos hipotecarios. El Registrador podrá facilitar al consumidor una nota simple sobre la vivienda adquirida. También estas notas de despacho serán empleada por los jueces en las ejecuciones hipotecarias, pudiendo analizar si hay cláusulas abusivas y si su nulidad permite mantener el crédito hipotecario.

Mayor transparencia

Fernando Acedo Rico, director de Relaciones Institucionales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, explicó ayer que la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario,impulsa el Registro de Condiciones Generales de la Contratación como instrumento al servicio de prestamistas y prestatarios para incrementar la transparencia y la seguridad jurídica en la contratación de préstamos y créditos hipotecarios. Mientras, Rocio Perteguer, directora de Medio Ambiente de la institución registral, que ha recordado que «los notarios deberán comprobar que las cláusulas están depositadas en el Registro antes de proceder a la firma de las escrituras hipotecarias». «Las cláusulas que no se encuentren depositadas en el Registro no serán válidas», ha estimado la registradora. De esta forma, ha recordado que será obligatorio por parte de los prestamistas el depósito en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación de los modelos y formularios de los préstamos y créditos hipotecarios con anterioridad a su comercialización.

Sentencias firmes dictadas

Deberán remitirse al Registro de Condiciones Generales de la Contratación, obligatoriamente y para su inscripción, las ejecutorias que recojan sentencias firmes dictadas en acciones colectivas o individuales por las que se declare la nulidad, cesación o retractación de condiciones generales abusivas. Perteguer ha explicado que ya son muchas las entidades bancarias que han realizado sus depósitos para estar preparados a la entrada en vigor de la ley, puesto que . Y ha estimado que «la inversión y el dinero lo que quieren son normas estables». Con respecto a las cláusulas particulares que se puedan incluir en los contratos de crédito hipotecario, ha advertido que los registradores «realizamos muchas inscripciones y vemos muchas cláusulas y una cláusula particular repetida varias veces dejará de serlo para ser una cláusula general sin depositar en el Registro y, por tanto, nula».   Noticia original en: https://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/9947649/06/19/El-consumidor-puede-pedir-al-Registro-un-analisis-juridico-de-las-clausulas-de-su-hipoteca.html